Los disparates de la legislación de protección del copyright

Acabo de ver una entrada interesante en Kriptópolis, escrita por David Bravo. En ella se exponen algunos disparates que permite la legislación que protege el copyright, específicamente el artículo 270 del código penal. Por ejemplo, es mayor la pena aplicable si uno se descarga una canción por Internet que si uno atraca la sección de música del Corte Inglés. También es mayor el castigo por distribuir entre los niños unos dibujos animados sin autorización del propietario, que si les pongo una película de porno casero. En definitiva, los delitos contra el copyright ya son, a la vista de las penas, mucho más graves que muchos otros delitos que el simple sentido común calificará siempre peor. ¿A dónde vamos a llegar?

En otro orden de cosas, no consigo encontrar el libro de David Bravo. Sí, tengo el PDF. Pero me interesa el papel: es más cómodo para la mayoría de las situaciones.

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